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AutorRespuesta No: 299236
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Enero de 2013 21:11 2013-01-19 21:11 desde IP: 187.210.71.51
No procede amparo porque se estaria. En una causal de improcedencia del art 73 fracc. II de la ley de amparo. Ya que se esta en un cumplimiento de una sentencia de amparo. Ahora lo que si resulta es que en el caso que la responsable dicte la misma sentenci (suelen hacerlo) procede incidente de repeticion del acto reclamado O en su caso que dicte la sentencia diferente pero que no cumpla con lo ordenado por el TCC procede el incidente de defecto en el cumplimiento en la sentencia de amparo. Que seria lo mas conveniente.
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