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  • Consulta : 183234
  • Autor : foban
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  • Autor
    Respuesta No: 299626

  • foban
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola buena tarde.

    Entonces debo de considerar que el saldo de RCV, a menos que se siga cotizando de manera voluntaria, ya no se puede recuperar.

    Y respecto al saldo de infonavit según lo públicado en el DOF del día 12 de enero de 2012, tendrían que devolver el fondo acumulado mas interés a la fecha de la pensión y lo que se generó en este caso del 2005 al 2010, tiene que esperar a cumplir 60 años y trámitar nuevamente ante el infonavit el saldo. Hay algún art. donde pueda revisar esta información??

    Y el infonavit reconocerá estó?? Me refiero a que se firma una carta de que se esta de acuerdo con el imorte a devolver en ese momento y yo creó que si hay una diferencia nos pueden comentar que por eso se firmó de conformidad y ya no accedan a devolver la diferencia cuando el pensionado cumpla los 60 años.