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  • Consulta : 183234
  • Autor : marcomcmlx
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    Respuesta No: 299001

  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    Por ser pensionado por ley 73 los fondos de RCV no se le "acumulan" a su pensión, eso sucede cuando la pensión es por ley 97.

    Del saldo RCV 97, a los 60 años podrá retirar el rubro de Retiro 97, CV se entrega al IMSS.

    También tiene la opción de seguir cotizando voluntariamente, sumar semanas cotizadas y a los 60 solicitar una pensión por cesantía, para esto, llegado el momento tendría que renunciar a la pensión por invalidez. Sería cuestión de valorar qué es lo que más le conviene.

    Con respecto al saldo INFONAVIT, bajo una interpretación de la ley, se le entregan los fondos acumulados hasta el momento de su pensión, los que se vayan agregando después, se le entregan a los 60 años.