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  • Consulta : 183118
  • Autor : fabricio1984
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  • Autor
    Respuesta No: 298802

  • fabricio1984
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si existe una sentencia, o un convenio judicial en materia de alimentos, en el juzgado donde se llevó a cabo el divorcio, o no están aún separados de manera legal, hay dos supuestos, puede reclamarte más de lo que le das, si te demanda exhibes lo que ganas mensualmente, y no más, el juez deberá decretar una pensión justa de acuerdo a tus posibilidades de manera que puedas cubrir los alimentos de tu menor hijo, en caso que ya haya decretado el Juez de lo familiar la cantidad que se va a depositar por concepto de pensión a tu menor hijo, mientras cumplas con el pago, no tendrás problemas. De que  puede puede, de que proceda la demanda, lo dudo mucho.

    Corporativo Jurídico Frias, S. C.