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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Enero de 2013 17:03 2013-01-16 17:03 desde IP: 200.56.111.5
Si existe una sentencia, o un convenio judicial en materia de alimentos, en el juzgado donde se llevó a cabo el divorcio, o no están aún separados de manera legal, hay dos supuestos, puede reclamarte más de lo que le das, si te demanda exhibes lo que ganas mensualmente, y no más, el juez deberá decretar una pensión justa de acuerdo a tus posibilidades de manera que puedas cubrir los alimentos de tu menor hijo, en caso que ya haya decretado el Juez de lo familiar la cantidad que se va a depositar por concepto de pensión a tu menor hijo, mientras cumplas con el pago, no tendrás problemas. De que puede puede, de que proceda la demanda, lo dudo mucho.
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