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  • Consulta : 182987
  • Autor : Cuaresmen
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    Respuesta No: 298728

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pueden demandar al titular del crèdito,  y pueden embargar los bienes de dicho titular, asì como los de su aval.  Por tu bien ojalà y que todo este dinero no estè garantizado con alguna propiedad,  sino,  ya bailaron.

    Si no dieron ninguna garantìa,  lo que procede es huir de casa los padres, y que los padres aguanten vara con las llamadas y la cobranza, y que digan que ustedes ya no viven ahi y punto.

    Suerte.