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AutorRespuesta No: 298728
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Enero de 2013 00:18 2013-01-16 00:18 desde IP: 189.160.127.91
Pueden demandar al titular del crèdito, y pueden embargar los bienes de dicho titular, asì como los de su aval. Por tu bien ojalà y que todo este dinero no estè garantizado con alguna propiedad, sino, ya bailaron.
Si no dieron ninguna garantìa, lo que procede es huir de casa los padres, y que los padres aguanten vara con las llamadas y la cobranza, y que digan que ustedes ya no viven ahi y punto.
Suerte.
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