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Fecha de respuesta: Martes 15 de Enero de 2013 15:35 2013-01-15 15:35 desde IP: 201.144.57.86
Estimado:
Solo las partes que conforman el litigio pueden tener acceso al expediente, es decir si tu eres actor o demandado debes apersonarte dentro del juicio para poder consultarlo.
Si eres una persona extraña, no podras revisar el expediente.
Saludos.
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