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  • Consulta : 182974
  • Autor : MAYANEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 298659

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado:

    Solo las partes que conforman el litigio pueden tener acceso al expediente, es decir si tu eres actor o demandado debes apersonarte dentro del juicio para poder consultarlo.

    Si eres una persona extraña, no podras revisar el expediente.

    Saludos.