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  • Consulta : 182964
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
    Respuesta No: 298665

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenas Tardes.

    Por su puesto que el padre biologico puede reconocer al menor, lo anterior promoviendo un juicio de reconocimiento de patgernidad en donde la prueba idonea para constatar la paternidad es la prueba del ADN, posterior a estar reconocido el menor se podra demandar la pensión alimenticia, sin embargo por otro lado el padre biologico tambien podra solicitar ante un juez un regimen de visitas y convivencias para estar con el menor, sin embargo debes informar oportunamente al juez del temor que tienes que el padre conviva con el menor por la violencia psicologica que pudiera ejercer en él, para que en base a esto el juez decrete como medida provisional, convivencias supervisadas.

    Puedes acudir a la defensoria de oficio que se encuentra en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia de tu entidad a efecto de que te asignen a un abogado de oficio el cual te llevara tu juicio sin ningun costo.

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN MATERIA FAMILIAR

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