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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Enero de 2013 18:58 2013-01-09 18:58 desde IP: 187.172.187.183
Usted, como fue dado de alta antes del primero de julio de 1997,tiene la posibilidad de pensionarse por cesantía bien por la ley 1973 o por la ley 1997, llegado el momento el imss le presentara las dos opciones y desde lueg usted escogera la que le resulte mejor calculo.
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