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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Enero de 2013 23:46 2013-01-03 23:46 desde IP: 201.141.91.77
Estimado consultante, ya lo sorprendieron unz vez, que no lo vuelvan a sorprender, si no cuenta con títulos de crédito que respalden la entrega de ese dinero, no tiene nada y mucho menos una posible acción penal. Corra lo más lejos que su teclado le permita de cualquiera que le diga que un Ministerio Público otorga órdenes de aprehensión, sólo un Juez Penal cuenta con tales facultades.
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