- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 181706
- Autor : MAYANEZ
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 315
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 297376
-
Fecha de respuesta: Jueves 03 de Enero de 2013 09:36 2013-01-03 09:36 desde IP: 201.144.57.86
Estimado:
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo los días de vacaciones se otorgan de acuerdo con la antigüedad y la siguiente tabla:
- Año 1: 6 días
- Año 2: 8 días
- Año 3: 10 días
- Año 4: 12 días
- De 5 a 9 años: 14 días
- De 10 a 14 años: 16 días
- De 15 a 19 años: 18 días
- De 20 a 24 años: 20 días
- De 25 a 29 años: 22 días
Como veraz de acuerdo con los años laborados se van aumentando dos días por cada año hasta llegar al 4 año laborado, a partir del 5 año te corresponden 14 días y estos ya no aumentan sin hasta que acumules 10 años de antigüedad.
El hecho de que labores de lunes a viernes no implica disminución en los días que por ley te corresponden, el fundamento legal de mi respuesta es el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Cualquier duda la comentamos con gusto.
Saludos.
-
Autor





