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  • Consulta : 181511
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 297029

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no dices si fue una compra de contado... o una compra con reserva de dominio...y que esa es la razòn por la cual... no puedes poner la cosa a tu nombre... porque la estas pagando a plazos... y entonces... es logico que el vendedor... se proteja de gañanes que le quieren quitar sus cosas... y claro que un convenio... no va a romper con esa formalidad... es el levantamiento de esa escritura y reecriturando... mientras no sea asi... no eres dueño de nada... y si estas pagando y dejas de pagar... no eres dueño de nada... y la vendedora podra recuperar su cosa....