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  • Consulta : 181255
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 296709

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la razón es que esta en la ley... en el codigo civil...

    pero si tu y tu aun conyuge... ponen una clausula en la que ella renuncia desde este momento al reclamom de alimentos... se acabo el problema... pero luego no puede ella reclamar nada...