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  • Consulta : 181198
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguida Consultante


     Con la poca información aportada, considero que el Señor tiene el derecho a los gananciales matrimoniales  aun cuando el matrimonio se haya celebrado bajo un régimen de separación de bienes, depende  mucho la fecha del matrimonio civil y la entidad donde contrajeron matrimonio civil, para determinar las prestaciones a las cuales tiene derecho

     Se llaman gananciales matrimoniales o concubinarios, a los frutos y provechos que se obtienen con el esfuerzo común de los esposos, en la administración de los bienes comunes o personales, que sirven para el sostenimiento del hogar, y cuidado y educación de los hijos, sin perjuicio de que la propiedad y posesión de tales bienes la conserve quien tiene derecho a ello.

     Se presume que forman parte de la comunidad legal de gananciales:

     Los frutos de cualquier especie de los bienes comunes, o de los bienes personales, en los que haya habido administración y trabajo comunes;

     Las mejoras que los bienes de la comunidad hayan experimentado durante la vida en común.

     Las donaciones hechas a ambos o a cada uno de ellos en consideración al matrimonio o al concubinato;

     Los bienes adquiridos con fondos o bienes comunes, o que sean el resultado del trabajo y esfuerzo de ambos.-  

     Los conyugues  que se dedicare al cuidado o administración de los bienes de cuyos frutos se obtiene lo necesario para el sostenimiento de la familia, incluso los que se dediquen a la atención del hogar, hubiere o no hijos, tendrá derecho a los gananciales o utilidades de dichos bienes en un cincuenta por ciento, descontando lo que hubiere sido necesario invertir para el sostenimiento de la familia, educación y atención de ella.

     Acudan a la defensoria publica para recibir asistencia legal gratuita.

     En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Tu amigo abogado ®

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

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