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AutorRespuesta No: 296622
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Diciembre de 2012 17:48 2012-12-24 17:48 desde IP: 189.208.43.64
Si la pension fue determinada mediante un acuerdo escrito extrajudicial, es decir fuera de juicio entonces usted puede demandarle el pago de la pension correspondiente. Si ya cuenta con una sentencia que determine el monto de la misma entonces haga valer dicha sentencia y proceda a la ejecucion de dicha sentencia.
Si no existe acuerdo escrito ni judicial ni estrajudicial, ya no le busque mas, y citelo en el centro de justicia para que en forma amigable llegue al acuerdo ante la autoridad en cuanto a las fechas en que debe de pagar o depositarle a Usted en el Juzgado.
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