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AutorRespuesta No: 296545
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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Diciembre de 2012 23:55 2012-12-22 23:55 desde IP: 201.141.110.96
Ninguna sentencia de divocio "normalmente" resuleve la disolución de la sociedad conyugal. La sentencia de divorcio disuelve el vínculo matrimonial, nada más, y señala que las partes mediante INCIDENTE, deben disolver la sociedad conyugal. La consultante abiertamente manifiesta que nunca se disovió la sociedad conyugal y que además el padre aún vive y que está reclamando el cincuenta por ciento de esa sociedad por ganancieles a la sucesión de su ex esposa. Francamente Sra. Ultra, me está costando más tiempo corregirle sus errores que orientar a los foristas, le suplico que se ponga a estudiar o regrese a la escuela. La mamá de la consultante no tiene facultades para vender un inmueble que pertenece a una sociedad conyugal ya que existiendo una copropiedad, se requiere la autorización de copropietario para poder vender, requisito sin el cual cualquier venta está viciada de nulidad absoluta. Nadie puede vender lo que no le pertenece.
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