- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 180963
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 296433
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Diciembre de 2012 12:12 2012-12-21 12:12 desde IP: 187.204.193.65
debes avisar que los derechohabientes de la pensión... ya no estan en el domcilio señalado para la guarda y custodia... que desconoces donde estan.,.,., y que como no sabes si estudian o trabajan... suspendes el pago y pides su cancelacion en virtud de que han cuimplido la mayoria de edad....
tu abogado sabe que hacer...
Casos en los que procede la suspensión o cese de pago de pensión alimenticia.
1.- Cuando el condenado carece de medios para cumplirla.
2.- Cuando el acreedor deja de necesitar alimentos.
3.- Por causa de que el acreedor incurra en injuria, falta o daños graves en agravio del deudor; no funciona en caso de ser madre o padre y el acreedor sea menor de edad.
4.- Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o falta de aplicación al estudio o al trabajo del acreedor.
5.- Cuando el acreedor abandona la casa del deudor.
6.- Cuando el acreedor se case.
7.- Cuando el acreedor tenga hijos.
8.- Cuando el acreedor cumpla la mayoría de edad, trabaje y no estudie.
-
Autor





