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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Diciembre de 2012 09:58 2012-12-20 09:58 desde IP: 189.225.162.44
Desgraciadamente en este caso es intrascendente si el régimen que considera el IMSS es 73 o 97, ya que bajo ninguno de los dos procede la pensión por viudez.
Las dos leyes imponen un período de conservación de derechos para el disfrute de pensiones por invalidez y vida, en este caso de viudez, por un lapso igual a la cuarta parte del tiempo cotizado después de la baja (art. 182 ley 73 y art. 150 ley 97)
Eso quiere decir que, si como dices tu esposo cotizó 21 años, su conservación de derechos era de 5.25 años.
Es decir, si dejó de cotizar a fines de 1999, su conservación de derechos debió expirar durante el 2005.
Ahora solo resta con esa negativa de pensión hacer el retiro de lo que tenga acumulado en su cuenta de afore.
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