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  • Consulta : 180936
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 296329

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente el legal, las partes se someten a la competencia que acuerden. Yo en lo personal, los contratos de arrendamiento de inmuebles en el Estado de México, los radico en el D.F., porque en el D.F., se permite el embargo por falta de pago por dos o más rentas adeudadas. También he visto contratos de "Tiempos Compartido" firmados por cuanto incauto viaja a Cancún, radicados en las Islas Caimán.