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AutorRespuesta No: 295907
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Diciembre de 2012 20:38 2012-12-15 20:38 desde IP: 189.242.244.82
Hola!
En relación al problema que plantea, y para lograr que su inquilino le desocupe el inmueble, tiene que efectuarse forzosamente mediante resolución judicial (SENTENCIA). Para tales efectos, es necesario los servicios de un abogado para que la represente y formalice la demanda denominada JUICIO ESPECIAL DE DESAHUCIO, el cual, en base a los hechos que narra y con las pruebas que oporte, solicite al JUEZ que conozca del caso, previo emplazamiento al demandado, emita una resolución a su favor en virtud de que el arrendatario incumplió con lo estipulado en el contrato. Una vez que la sentencia cause ejecutoria, al demandado el Juez se le fijará un plazo para la desocupación de la vivienda (ORDEN DE DESALOJO) de forma voluntaria. Vencido el plazo y no cumple, vía solicitud del actor, la autoridad responsable debe enviar a la fuerza pública para el desalojo.
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