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AutorRespuesta No: 295913
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Diciembre de 2012 21:32 2012-12-15 21:32 desde IP: 189.208.43.64
Lo que no es legal es el porcentaje de intereses que se pacto en el pagaré. En algunos estado de la República se considera como delito de usura aquel que obtenga un interés superior al señalado por el Banco de México en forma anual. Tal vez sea esa la razón de que su deudor desee dejar prueba plena de que usted recibió tal porcentaje por concepto de intereses.
No obstante lo anterior, es posible iniciar el juicio ejecutivo mercantil señalando dicho interés. Asi el juez previos los trámites de ley dictará sentencia condenatoria en la cual indique que el demandado deberá pagar dicha tasa de interés del 15% mensual (Aun cuando Usted no lo señala, el pagaré tiene un espacio que indica % y enseguida se lee la palabra mensual). Ahora dentro del procedimiento Usted puede solicitar al juez de la causa, una reduccion de la tasa de interes que considere legal, y el juez tendrá la obligacion de pronunciarse al respecto.
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