- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 180424
- Autor : Cardealer
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 319
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6730
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 297141
-
Fecha de respuesta: Lunes 31 de Diciembre de 2012 16:57 2012-12-31 16:57 desde IP: 189.182.169.236
Buenas tardes te comento
Cuando la autoridad aduanera te embarga un auto, te justifica y te lo hace saber mediante un acta, una vez que la firmas tienes 15 dias para presentar las pruebas y alegatos sino presentas la autoridad cierra el caso a su favor, en caso de los arts que mencionas podrias fundamentarlos pero en otro caso de defensa como el juicio de nulidad te sugereria que en la aduana donde te lo quitaron acudas y busques la asociacion de agentes aduanales, y una vez ahi que te recomienden un abogado aduanal, para que con tus documentos aleges q no los traias contigo almomento del embargo y no pudiste presentarlos dentro de los 15 dias y que el abogado se encargue de redactarte el escrito e ingresarlo ante el sat, por que estos juicios despues son directamente en el sat de la localidad y no con aduanas
saludos
lic oswaldo dp
-
Autor





