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  • Consulta : 180388
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola. Eso que les comenta el DIF solo es para presionar pero naaa no se preocupe mucho aunque si es menester indispensable el registro de la menor

    Vera usted... para registrar a una persona se puede hacer de varias formas

    1.- Estando casados o solo en union libre

     ESTANDO CASADOS ... pero sin la comparecencia del padre o la madre.- Por el solo hecho del matrimonio la menor llevara los apellidos de los padres.

    ESTANDO CASADOS y comparecen ambos padres.- de igual forma se lleva ambos apellidos en las actas

    ESTANDO CASADOS y registran por poder.... esto es que por cualquier circunstancia los padres no pueden comparecer a registrar al menor.

     

    2.- UNION LIBRE.-

    a) Con la comparecencia de ambos padres.- para que el acta lleve los apelllidos de ambos

    b) bajo la modalidad de MADRE SOLTERA.- En cuyo caso solo registra la mamá y no se le pide la comparecencia del padre

    c) Bajo la modalidad de persona distinta.- No comparece ni madre ni padre pero un tercero lo hace con la documentacion

    d) en calidad de menor exposito.- Cuando no se sabe quienes fueron sus padres y la menor se encuentra abandonada en calle.

     

    Como ve, hay muchas formas de registrar a un menor... lo que a su pareja le sirve es la modalidad de MADRE SOLTERA y listo. Si algun dia estuviere interesada en pedirle alimentgos de ella al padre podrá demandarle paternidad y posteriormente los alimentos pero por ahora basta con que la registre bajo la modalidad de madre soltera.

    Saludos