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  • Consulta : 180292
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    ¿Porqué ya no te puede seguir dando la incapacidad como de trabajo?

    Si la incapacidad es motivo del accidente de trayecto debe considerarse por riesgo de trabajo y pagarse como tal, es decir al 100% del salario de cotización y no al 60% que es en caso de enfermedad general, por todo el tiempo que dure esta y hasta por un término de un año. Una vez transcurrido este tiempo debe darse la alta o la incapacidad permanente.

    Si tu problema puede dejar secuelas es importante que se mantenga la calidad de riesgo de trabajo, ya que al declararse la incapacidad permanente correspondería una pensión o una indemnización.

    Además de que no es lo mismo una incapacidad por motivos de trabajo que una por enfermedad general, el tratamiento legal es muy diferente no solo ante el IMSS sino tanbién ante tu patrón.