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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Diciembre de 2012 11:26 2012-12-10 11:26 desde IP: 187.155.96.4
En doctrina, se llama "contrato consigo mismo", es decir, que en el documento aparece dso veces la misma firma de la persona, una por su propio derecho y otra con la representación que ostenta.
Algunos puntos de vista sostienen que no existe el contrato o convenio, dada la ausencia de "concurso de voluntades", es decir que no concurren dos voluntades, sino solo una.
Por otra parte, hay quienes sostienen que si se conforma la voluntado concurrente, dado el doble carácter de quien suscribe el acto, y que finalmente, ninguna persona moral tiene "voluntad" en si misma, sino que ne todo caso la toma prestada del apoderado, en una ficción jurídica universalmente aceptada.
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