- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 179653
- Autor : Bernardo Acuña
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 96
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 294962
-
Fecha de respuesta: Domingo 09 de Diciembre de 2012 08:50 2012-12-09 08:50 desde IP: 201.103.36.63
En relación a su pregunta: ¿qué conceptos entran dentro de la pensión alimenticia?, me permito informarle lo siguiente.
Los alimentos comprenden:
I. La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los
gastos de embarazo y parto;
II. Respecto de los menores, además, los gastos para su educación y para proporcionarles
oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales;
III. Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de
interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo; y
IV. Por lo que hace a los adultos mayores que carezcan de capacidad económica, además de
todo lo necesario para su atención geriátrica, se procurará que los alimentos se les proporcionen,
integrándolos a la familia.
En relación a si debe pagar usted del 35% que le aporta todo lo que implica la casa, le hago saber que sí. Como lo dispone la fracción I de la transcripción anterior, los alimentos comprenden la habitación. El cónyuge de Usted, al proporcionarle un 35% de su sueldo estaría cumpliendo con su obligación alimentaria. Además, le hago del conocimiento que el otorgamiento de los alimentos es obligación de ambos cónyuges, por lo que usted también tiene la obligación de aportar para los gastos que se generen por concepto de alimentos. Concretamente, refiriéndonos a los gastos que se generen por pago de la casa y su mantenimiento, éstos van incluidos en el 35% antes referido. Si le sirve mi información no olvide darle "click" en el circulito verde. y quedo a sus órdenes en el 55 1649 5192.
-
Autor





