Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 179539
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 294760

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pos demandale la entrega de los recibos y la nulidad del pago del iva... la disminuciòn en el pago de la renta por los daños y perjuicios que te causa con la disminuciòn de los servicios,... y consignale la renta señalando que solo la podra cobrar cuando exhiba los recibos pendientes y los documentos en los que ha enterado el pago del iva... dando vista a HACIENDA para tal fin... tu abogado sabe que hacer...

    y si no haces nada... no te quejes... para eso hay otras viviendas...