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  • Consulta : 179514
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 294784

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    claro que puedes hacerlo... pero la realidad juridica y la realidad de la agenda de la junta.... no se llevan... y puedes demandar en amparo... pero no se movera un apice... lo que siempre beneficia al trabajador... ya que todo ese tiempo corren salarios caidos... si ganas el juicio como tal... lo que gnas son salarios caidos....

    juicio  =  sentencia... en materia laboral... se llama laudo... y mientras este no se dicte... no hay juicio.... estas en etapa de procedimiento.... simple...