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  • Consulta : 179490
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
    Respuesta No: 383816

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, efectivamente usted puede presentar el convenio antes de que se dicte sentencia en su juicio, en varias ocasiones el mismo día que se presente lo pueden ratificar en el juzgado, en dicho convenio es importante que se señalen cláusulas referente a la guarda y custodia, y el domicilio en donde se va a ejercer la guarda y custodia, señalar los alimentos, el régimen de visitas y la forma de garantizar la pensión alimenticia, esto es que dicha pensión se descuente directamente de su fuente laboral y se la entreguen al acreedor alimentista. No hay mayor problema en presentar el convenio sin embargo debe cumplir con todos los requisitos que la ley establece para que el mismo sea aceptado por el Juez que conoce de su asunto. Estamos para servirle DESPACHO ORTIZ RUBIO LEGAL LIC VALERIA 42019327 LIC NAYELLI 49830259