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  • Consulta : 179384
  • Autor : cesarramirez
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  • Autor
    Respuesta No: 336389

  • cesarramirez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Luz, buena tarde

    Me da mucho gusto saber que estudiantes de derecho, se preocupen por ahondar en el conocimiento del derecho, pues a mis cortos años como catedrático son pocos los que tienen esta ambición por aprender.  

    Como en todas mis intervenciones diré, que mi opinión se basa en la Legislación familiar para el estado de Hidalgo, hago la correspondiente aclaración ya que las figuras jurídicas son iguales, pero encontramos diversas variaciones en los procedimientos estatales.

     

    Con el afán de no ser repetitivo en las excelentes respuestas aportadas por los doctos abogados que me preceden, daré mi sencilla opinión.

    Curiosamente tanto la constitución como la extinción del patrimonio familiar se da en vía de jurisdicción  voluntaria, hasta ahora soy franco y no he tenido ninguna disminución de patrimonio familiar, pero considero hagas tu tramite y enlistes los bienes que formaran parte y excluyas los que no.

    Espero mi opinión te ayude, atentamente Abogado Hidalguense especialista en Derecho Civil y Mercantil    

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