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AutorRespuesta No: 294536
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Diciembre de 2012 16:20 2012-12-06 16:20 desde IP: 187.232.117.125
Hola buenas tardes, mira el pagare tiene un vencimiento de tres años por la via ejecutiva mercantil y diez años por la via ordinaria mercantil la diferencia entre una y otra es que por la ejecutiva puedes embargar en cuanto se emplaza al deudor y la segunda se ventila un juicio sin que se pueda embargar sino cuando el juicio concluya y la sentencia salga favorable cualquier duda me encuentro a tus ordenes en los telef. 36198407 5585639699 55829411 monica delgado en el distrito federal.
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