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Fecha de respuesta: Martes 04 de Diciembre de 2012 15:54 2012-12-04 15:54 desde IP: 189.244.147.81
Una vez que esten en la Notaria, el Notario envia a un Perito Valuador y dependiendo del valor se determina el impuesto a pagar o bien depende del valor de la venta y el Notario hace un comparativo entre el avaluo del Perito y el valor de la venta...si el valor de la venta es superior al valor de Avaluo, se paga impuesto por ese precio, si el valor de la venta es menor al Avaluo se paga sobre el precio del Avaluo.
Si usted no ha vendido alguna propiedad en los ultimos 5 años, queda excento, debiendo declararlo al Notario.
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