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Fecha de respuesta: Domingo 02 de Diciembre de 2012 08:38 2012-12-02 08:38 desde IP: 201.157.22.179
Buenos dias
Lo que menciona el primer articulo es que los jueces deberan guardar los tramites y plazos señalados por la Ley. El segundo, estipula que no se permitira que las partes sean inoportunas o que de repente planten cosas no estipuladas en terminos legales ni que se altere el orden y metodo del procedimiento. Eso me lleva a concluir de manera intuitiva que falta algun requisito o un termino. Ya que si hubo convenio solo falta que sea elevado a categoria de cosa juzgada que no sentencia propiamente dicha.
Sugiero que analices bien el procedimiento y que en caso de duda lo consultes con el Secretario del Juzgado o con el mismo Juez para subsanar cualquier omision o aportar alguna cosa que falte. A mi entender te ahorrarias tiempo y tramites innecesarios. La actuacion de los juzgadores no es a capricho.
Saludos
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