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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Noviembre de 2012 18:41 2012-11-28 18:41 desde IP: 189.134.94.160
Agregando un comentario al de Lazaro.
Si la incapacidad es por accidente o enfermedad de trabajo, el seguro te paga los 7 días al 100% de tu SBC.
Si la incapacidad es por accidente o enfermedad no de trabajo, el seguro te paga el 60% de tu SBC pero a partir del cuarto día de incapacidad.
Algunos contratos tienen la prerrogativa de que el patrón paga la diferencia faltante con un salario normal, pero solo es en pocos casos.
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