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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Noviembre de 2012 19:25 2012-11-28 19:25 desde IP: 187.211.94.29
has caso omiso de la colega...
debes comenzar a hacer deposito de dinero en via de pago... dar vista al juez y solicitar que se haga un convenio que si puedas pagar.... y por los tiempos que tu puedas pagar.... obligando a la acreedora a dar la acara al juzgado ....
m u e v e te... el de la deuda eres tu y solo tu sabes cuanto puedes dar... obvio... el primer golpe debe ser fuerte... y las mensualidades que puedas de verdad pagar.,.,. ya que el hecho de ofrecer un pago y no cumplirlo es dañino...
lee en el codigo de procedimientos civiles de tu estado... es urgente... ya que hay estados que señalan que la espera o propoción de pago... debe hacerse en tres meses... y si tus acreedores te dan un año... te estan ayudando y mucho.... checa...
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