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AutorRespuesta No: 293440
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Noviembre de 2012 22:42 2012-11-27 22:42 desde IP: 201.124.109.153
Lo que te recomiendo es que esperes a que te notifiquen o te depositen. Si te notifican un requerimiento de información va en contra de lo establecido en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación y podrás ante ello interponer juicio de nulidad.
En el caso de que se deposite, debe integrarse por el saldo a favor histórico, actualización e intereses por estar fuera del plazo legal que se establece en el caso de devoluciones....
Quedo a tus ordenes "sloeralive">sloeralive sloerachecos
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