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  • Consulta : 178101
  • Autor : SERGIOCHE
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  • Autor
    Respuesta No: 293440

  • SERGIOCHE
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo que te recomiendo es que esperes a que te notifiquen o te depositen. Si te notifican un requerimiento de información va en contra de lo establecido en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación y podrás ante ello interponer juicio de nulidad.

    En el caso de que se deposite, debe integrarse por el saldo a favor histórico, actualización e intereses por estar fuera del plazo legal que se establece en el caso de devoluciones....

    Quedo a tus ordenes "sloeralive">sloeralive sloerachecos