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AutorRespuesta No: 295344
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Diciembre de 2012 01:35 2012-12-12 01:35 desde IP: 189.242.217.195
Si su caso se encuentra en la etapa incial de la demanda, con notificación RECIENTE, tiene 15 días hábiles para contestarla, en la misma puede hacer uso de las excepciones y defensa y por medio de la RECONVENCIÓN contrademandar a la actora POR DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, en el cual con argumentos sólidos debidamente fundamentados con pruebas documentales, testimoniales, etc. negar los hechos. Y para reforzar sus dichos puede ofrecerse para someterse a la prueba de ADN la cual tiene valor probatorio pleno en el juicio. Finalmente el Juez que conoce del caso, deberá emitir una SENTENCIA ABSOLUTORIA a su favor, negando a la parte contraria lo prestación solicitada. Aclarando que la obligación de alimentos para con su primer hijo, no sufre ninguna modificación.
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