- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 177700
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 293038
-
Fecha de respuesta: Viernes 23 de Noviembre de 2012 20:59 2012-11-23 20:59 desde IP: 187.211.94.29
pos ... la guarda y custoidia... por ley es tuya... pero el regimen de convivencia... ese ,lo dicta el juez... no tu ... no el... y si pueden convenirno... es otro rollo.... pero... tu abogado es quien debe asesorarte... al respecto...
-
Autor





