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  • Consulta : 177689
  • Autor : JurídicoVG
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    Respuesta No: 292986

  • JurídicoVG
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buen día,

    El problema que Usted comenta debe tramitarse ante una instancia Familiar para efectos de la Guarda y custodia de los menores; en primer término es importaante señalar que su esposa no es la persona facultada para determinar que días puede o no ver a sus menores y mucho menos puede prohibir el derecho de convivencia.

    Para mayores informes, con gusto te apoyamos y asesoramos en lo necesario para una adecuada solución a sus problemas; Contáctanos, búscanos en Facebook bajo el usuario Jurídico VG o encuéntranos en Google como JURIDICO VALENCIA GAMEZ, somos los primeros.

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