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  • Consulta : 177673
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 294061

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lagunas tienes tu… va la respuesta a la consulta….

    “La madre y el padre del menor nunca se casaron....la madre y el menor viven juntos en Yucatán,  El padre del menor radica en otro "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=177673&forod=0" oncontextmenu="return false;">estado en Quintana Roo., se desconoce el paradero del padre pero tenemos indicios de en qué localidad radica,  este a su vez no se ha preocupado por ver al menor (su hijo) Y no le da pensionpara su hijo desde hace SIETE años,

    Que podemos hacer para apoyar a esta "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=177673&forod=0" oncontextmenu="return false;">persona y su hijo...

    Por medio de que vías podemos exigirle al padre que:

     

    1.-que le dé una pensión al menor 

    2.- que le pague la pensión por los siete años que este a ignorado y a su hijo.

    En pocas palabras que se puede hacer que procedimientos debemos seguir para que se le dé una pensión al niño y que hacer en caso de que el padre no quiera "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=177673&forod=0" oncontextmenu="return false;">pagar.

     

    Que el padre y la madre del menor no hayan vivido juntos… no  tiene  importancia… solo importa si el padre reconoció al hijo ante el registro civil….

    Si desconocen el domicilio del posible demandado… ese ya es un problema… que tiene la señora… ya que es ella quien tiene que investigar que hacer para lograr dicho domicilio…

    Tan simple como iniciar una acción penal por incumplimiento en el pago de alimentos… y con ello la acción civil-familiar de pago de alimentos…. Perdida de patria potestad por el incumplimiento…  guarda y custodia de menor….

    Como tú sabes  ABOGADO… es de explorado derecho que los alimentos retroactivos que no nacen de una sentencia emitida por juez… no pueden ser reclamados en juicio… por ello que no le haya dado alimentos a su hijo por 7 años… no tiene ningún valor o fuerza vinculatoria…

    Acciones tan simples… que cualquier  abogado… barrilete… curial… chicanero… chícharo… huizachero… lego… leguleyo… picapleitos… pigricia… rábula… tinterillo…. O hasta tu…ABOGADO…. Pueden llevar… en tu caso… lo más  simple es llevar a la persona hasta la puerta del DIF… para que le den una asesoría jurídica gratuita… real… de la mejor calidad en materia familiar…

    Que es el DIF…

    El Sistemapara el Desarrollo Integral de la Familia …es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública (federal y estatal) para la promoción de la Asistencia Social y la Prestación de ServiciosAsistenciales (es un gestor) para la población en general  y carece de atribuciones y facultades coercitivas (no es policía de nadie y no puede hacer las veces del mismo…tampoco puede imponer multas…)… para intervenir ante juzgados, como gestores…. Son lo máximo en materia de pensiones…guarda y custodia…pérdida de patria potestad...adopciones nacionales…mas no extranjeras…todo aquello que tenga un vínculo con el derecho familiar… con excepción del divorcio… ya que su ley se lo prohíbe por ser INTEGRACION DE LA FAMILIA…y el divorcio es desintegración jurídica del núcleo familiar…

     

    Por ello es que me llama la atención… y por eso es que te pregunto … a que te dedicas…???? ABOGADO….