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Fecha de respuesta: Martes 20 de Noviembre de 2012 15:20 2012-11-20 15:20 desde IP: 189.244.41.7
Es en la via Ordinaria Civil por tratarse de "invasion de Propiedad Ajena". Dentro de las pruebas se debe presentar la acreditacion de la propiedad mediante escrituras, plano catastral actualizado firmado por perito registrado donde ademas de otras construcciones indique la ubicacion de los postes, fotografias, solicitar al Juez designe a un perito para que emita un peritaje, previo pago de las costas (el pago de honorarios del perito), y pedir el retiro de los postes por el Agravio que le ocasiona.
Antes asegurese que su cliente o sus antecesores efectivamente nunca recibio pago por concepto de "permiso" .
No es caracter Administrativo correspondiente a Cobro por adeudo o multas.
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