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Fecha de respuesta: Martes 20 de Noviembre de 2012 16:42 2012-11-20 16:42 desde IP: 189.178.64.100
Le comentare que yo tuve un caso muy similar, la notificacion por edictos no procede asi, creo que el forista esta un poco equivocado, primero aun si haberlo notificado se tiene una pension alimenticia PROVISIONAL ya que se deben garantizar los alimentos de su menor hija, esto se hace aun sin la notificacion, usualmente el juez fija entre el 20 y 40%, si usted no fue notificado puede declarar un incidente de nulidad de notificaciones y se reinicia el proceso, para no dejarlo en estado de indefension respecto a su respuesta a la demanda.
Si quiere que no se le quite el 20% de todas sus percepciones llegue a un acuerdo con la madre de la menor en donde se fije una cantidad, una vez fijada y acordada por el juez se girara oficio a su centro de trabajo para que se deje sin efecto la anterior orden de descuento y se autorice la nueva con el convenio hecho.
saludos
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