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  • Consulta : 177159
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 292431

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cyeseniav38_NR

    Si ya existe escritura publcia mediante la cual consta que su abuela cedio, vendio o dono la propiedad al hoy finado, NO  hay manera de que recupere la propiedad pues esta formara parte de la masa hereditaria a la cual tendra derecho quienes acrediten el parentesco con el autor de la sucesion que segun el caso puede ser la conyuge superstite y los hijos reconocidos por el difunto.

    Saludos.