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  • Consulta : 176994
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 293273

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, efectivamente se debe de emplear el RFC genérico para extranjeros y se debe de cobrar el 16% del IVA, dado que están dándole una asesoría mas no la exportación como tal y aún y cuando ustedes le llevaran la operación para hacer posible la exportación, debe de cobrarse dicho IVA pues es un servicio que ustedes prestan.

    Saludos.