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AutorRespuesta No: 292222
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Noviembre de 2012 22:28 2012-11-16 22:28 desde IP: 201.141.22.250
Es publicidad engañosa más que un fraude, debe leer su contrato y en él se deben establecer las claúsulas que señalan esa penalización si liquida el crédito antes del perido pactado. Acuda a la Profeco y presente una queja por publicidad engañosa.
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