Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 176936
  • Autor : Maxwel Smart
  • Consultas en Foro: 15
  • Respuestas en Foro: 1295
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6730
  • : 40 %
  • : 59 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 292180

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Disiento:

    No es exacto que las amanazas tengan que ser de muerte, basta que afecten la tranquilidad de la víctima:

    Jurispurencia:

    .J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Segunda Parte, CVIII; Pág. 41 

    AMENAZAS, CONFIGURACION DEL DELITO DE.Para que se configure el delito de amenazas es necesario que los actos realizados, hechos, palabras, etcétera, perturben la tranquilidad de ánimo de la víctima o que produzcan una zozobra o perturbación psíquica en la misma, por el temor de que se le cause un mal futuro.

    PRIMERA SALA Volumen LXI, página 10. Amparo directo 9165/61. Pedro Gollás Iñiguez. 23 de julio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.

    Volumen LXXV, página 10. Amparo directo 5906/62. Rafael Magueyal Palma. 12 de septiembre de 1963. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alberto R. Vela. La publicación no menciona el nombre del ponente.

    Volumen LXXVI, página 10. Amparo directo 3756/62. Eutimio García Cruz. 31 de octubre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.

    Volumen LXXXVIII, página 11. Amparo directo 8797/63. Mario Martínez Rojo. 8 de octubre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.

    Volumen CIII, página 11. Amparo directo 7167/65. Ramón Contreras Zepeda. 12 de enero de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

    Genealogía Apéndice 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 21, página 13. Observaciones Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, se señala que el amparo directo 7167/65, aparece publicado en el Volumen CII, página 11; sin embargo en el respectivo Volumen se encuentra un asunto diferente, siendo los datos correctos los que ya aparecen en este registro..