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  • Consulta : 176931
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En caso de renuncia voluntaria, el patrón solo está obligado a darte las prestaciones proporcionales del año como aguinaldo y vacaciones en caso de que no te las hayan pagado ya.

    Si tuvieras 15 años como mínimo también procedería el pago de prima de antigüedad.