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  • Consulta : 176877
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 292141

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en primer lugarla pareja del sr no es concubina es solo la amante, para q la sra obtenga eel ttitulo de concibina el sr debe estar libre de matrimonio.

    si la esposa se dedico en el matrimonio al hogar conyul si hay pension por el tiempo a duro el matrimonio mientras no se case o trabaje

    si la esposa esta dada de alta en el seguro eel sr no puede dar de alta a la amante sino hasta q presente el acta de divorcio

    en cuanto a los hijos estos ya no tienen derecho alguno a pension por dios ya estan grandes y hasta casados supongo deben estar

    ahora bien abusada porq en el edo de mex ya existe el divorcio incausado es decir si el sr va a interponer el divorcio este ya es un hecho q se lo otorguen soloq esten pendientes para la notificacion porq hay q actuar inmediatamente