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AutorRespuesta No: 292105
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Noviembre de 2012 13:30 2012-11-15 13:30 desde IP: 187.155.27.140
Dificilmente.
En realidad, de manera formal, Ud. no trabajó para la empresa que menciona, es decir, en el sentido que lo pretende, adicionalmente, las acciones laborales que pudieran derivarse de esa relación, si es que la hubo, se encuentran aparentemente prescritas ocnforme a los artículos 616 y subsiguientes de la LFT. Salvo mejor opinión dle foro.
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