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AutorRespuesta No: 292090
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Noviembre de 2012 12:21 2012-11-15 12:21 desde IP: 187.155.27.140
Que acuda a la auoridad municipal, que es la que otorga los permisos de ocupación de vía pública y reclame su derecho; en cuanto a la "venta" recuerde que no se pueden vender las cosas que no están en el comercio, y el contrato resultaría inexistente, pero esa inexitencia tiene que ser decalrada judicialmente.
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