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AutorRespuesta No: 291986
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Noviembre de 2012 17:01 2012-11-14 17:01 desde IP: 201.103.121.118
mina_04_01_NR:
Si bien Usted refiere que es esposa del causante de la pensión, yo creo que Usted fue concubina del mismo y por ello le deben estar requiriendo unas diligencias de información testimonial para acreditar el concubinato.
De ser el caso, éstas se tramitan ante Juez de lo Familiar, pero requiere de los servicios de Lic. en Derecho especialista en materia familiar, ya sea particular o de oficio, ya que además, deberán desahogar el testimonio de dos testigos que les conste que Ustedes vivieron con los requisitos que exige la Ley para considerarlos concubinos.
Si no es el caso, haga caso omiso de lo que comento.
Suerte!
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